Por Zaira Hernández
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Oaxaca, México, agosto (SEMlac).- Mediante una serie de reformas, el Congreso local de Oaxaca aprobó la paridad entre hombres y mujeres en sus derechos político-electorales en el ámbito indígena, así como la sanción administrativa y penal a la violencia política.
La diputada Eufrosina Cruz Mendoza,Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
integrante de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional (PAN), presentó la iniciativa para reformar los Artículos 16, párrafo séptimo; 25, 33 en su fracción 1; 79, Fracción V; 101 y 113 fracción I, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, la que fue aprobada.
La modificación consistió en que los sistemas normativos internos y comunidades indígenas y afromexicanas, procurarán la paridad entre mujeres y hombres en los derechos político-electorales.
Aunque la ley respeta la forma de elección de las autoridades municipales, establecerá los mecanismos para garantizar la plena y total participación de las mujeres en dichos procesos garantizando la paridad entre mujeres y hombres y sancionará su contravención.
"Las mujeres disfrutarán y ejercerán su derecho a votar y ser votadas en condiciones de igualdad con los varones; así como a acceder y desempeñar los cargos públicos y de elección popular para los que hayan sido electas o designadas. La ley sancionará en el ámbito administrativo y penal la violencia política e institucional ejercida en contra de la mujer", específica.
A los partidos políticos los exhorta para que la paridad se de en las candidaturas a la legislatura local y otros cargos de representación popular; siendo inadmisibles aquellos distritos que se asignen y en los que el partido haya obtenido los porcentajes de votación más bajos en el proceso electoral inmediato anterior.
También establece que los partidos políticos registrarán fórmulas completas de candidatos a diputados según los principios de mayoría relativa y de representación proporcional, así como planillas de candidaturas a concejales municipales que deberán ser compuestas cada una por un propietario y un suplente, garantizando la paridad entre mujeres y hombres.
Igualmente, en el Poder Judicial los nombramientos deberán garantizar la paridad.
En la propaganda política se prohíbe la difusión de mensajes que constituyan violencia política en razón de género ni expresiones que denigren a las instituciones y a los propios partidos; o que calumnien a las personas.
Asimismo, da facultad al gobernador para proceder a la renuncia de sus funcionarios para así darle paso a la paridad.